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Directiva CSRD: la sostenibilidad sí incide en el ámbito financiero

La nueva directiva CSRD reducirá la actual brecha entre la información financiera y las cuestiones referentes a la sostenibilidad. Mediante la fijación de unos estándares internacionales en materia social, medioambiental, de gobernanza, laborales y de derechos humanos, logrará finalmente un lenguaje único europeo que persigue mayor transparencia y calidad en el reporting.

Por Carmen Buxens, directora del área de Sostenibilidad en 21gramos

El pasado 21 de junio de 2022, el Consejo y el Parlamento* Europeo alcanzaron un acuerdo político provisional acerca de la nueva directiva de información en materia de sostenibilidad con el objetivo de mejorar la calidad en el reporte de la información que presentan las compañías. Uno de los cambios más visibles va en su propio nombre: por fin se destierra el concepto de «información no financiera», reconociendo así que las cuestiones de sostenibilidad sí tienen incidencia en el ámbito económico.

Nuevos requisitos: información prospectiva y doble materialidad

La Directiva CSRD busca corregir el déficit de información prospectiva, tanto cualitativa como cuantitativa, que se da en la actual Ley de Información No Financiera en el corto, medio y largo plazo. Asimismo se enriquece el concepto de materialidad, exigiendo que se presente el enfoque de doble materialidad, es decir, tanto la información necesaria para comprender los resultados, riesgos y oportunidades económicas de la empresa, como los datos para comprender los impactos de la actividad de la compañía en su entorno social y ambiental. En otras palabras, supone la evolución de la mirada tradicional de la materialidad, considerando los impactos desde una doble perspectiva, ahora más competitiva y transversal.

Esta directiva introduce, además, la obligación de un aseguramiento limitado realizado por un tercero independiente que vele para que la información sea conforme a las normas de la UE, lo que supone una mejora en la calidad de la misma. Además, promueve adquirir un nivel de aseguramiento cada vez más exigente con el tiempo, proponiendo un periodo de seis años para que las compañías tengan opción a realizar un aseguramiento razonable** en materia de reporting de sostenibilidad.

Entre los temas sobre los que la empresa deberá reportar según esta nueva ley, destacan los siguientes aspectos:

  • El modelo de negocio y resiliencia de la empresa frente a los riesgos
  • Las oportunidades en el modelo de negocio y cómo se tienen en cuenta los intereses de los stakeholders
  • El impacto de la compañía en las cuestiones de sostenibilidad y los objetivos alcanzados
  • El papel de los órganos de dirección y políticas de la empresa en cuestiones de sostenibilidad
  • El proceso de diligencia debida aplicado a la empresa en dichas cuestiones
  • Los principales efectos negativos reales o potenciales relacionados con la cadena de valor y de suministro, así como las medidas adoptadas para prevenirlos, mitigarlos o repararlos.

 

Directiva CSRD, hacia la generación de un lenguaje común

Esta presión regulatoria -que viene impulsada por las demandas sociales-  exige un cambio de mentalidad en las compañías que, a partir de ahora, deberán informar sobre cuestiones de sostenibilidad a los mercados financieros. Las empresas afectadas (el alcance previsto incluye a más de 49.000), deberán reportar:

  • Información de acuerdo con el reglamento de Taxonomía de la UE y el Reglamento de Divulgación de Finanzas Sostenibles (SFDR).
  • Se reportará con el lenguaje conforme a las normas de los ESRS (European Sustainability Reporting Standard), que introducirá los principios que deberán seguirse para tener en cuenta las opiniones, los intereses y las expectativas de las partes interesadas en la decisión de la empresa y la evolución de su estrategia y su(s) modelo(s) de negocio.
  • La información se deberá publicar en el Informe de gestión de los Estados Financieros.
  • Siempre en formato electrónico (XHTML).

En este momento, Europa afronta el reto de liderar la transición del resto de potencias económicas hacia la sostenibilidad. Es hora de estar preparados para formalizar el compromiso con el progreso global.

¿Cuándo se hace efectiva la nueva Directiva CSRD?

Como todo mecanismo legal, esta nueva directiva también tiene sus plazos. El ya cercano 2023 será un año de «calentamiento», porque en 2024 las compañías deberán estar listas para reportar. Así, los estados miembros deberán transponer esta directiva a los 18 meses de su entrada en vigor y los plazos previstos para su aplicación serán:

  • El 1 de enero de 2024 para las empresas ya sujetas a la actual directiva (a quienes corresponde presentar los informes en 2025 sobre los datos de 2024)
  • El 1 de enero de 2025 a las grandes empresas no sujetas a la actual directiva (deberán presentar información en 2026 sobre los datos de 2025) y el 1 de enero de 2026 a las pymes que cotizan, así como entidades de crédito pequeñas y no complejas, y empresas de seguros cautivas.

 

Notas

* El  Grupo Consultivo Europeo en materia de información financiera (EFRAG) se responsabilizará de fijar las normas europeas mediante el asesoramiento técnico de diversas agencias europeas.

** Según la norma AA1000, este término describe los métodos y procesos utilizados por un proveedor de aseguramiento para evaluar la información divulgada de una organización sobre su desempeño, además de los sistemas, datos y procesos subyacentes, apoyados en criterios y estándares adecuados con el fin de incrementar la credibilidad de dicha información. El aseguramiento incluye la comunicación de los resultados del proceso de aseguramiento en un informe de aseguramiento. Según la profundidad con la que se lleve a cabo, un aseguramiento puede ser limitado (menos profundo) o razonable (más profundo).

¿Necesitas asesoramiento para implementar la nueva Directiva CSRD en tu empresa? Contacta con nuestro equipo y te ayudamos.

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